A- de 2021
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Montería y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Chinú (Córdoba).
La disputa nace a partir de la demanda ordinaria laboral instaurada en contra de la E.S.E.
Hospital San Rafael de Chinú, en donde el demandante solicita la declaración de una relación laboral surgida a través de 7 periodos diferentes de prestación de servicios, al igual que el pago de diversas acreencias laborales derivadas dicha relación contractual.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos objetivo, normativo y subjetivo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte declara que corresponde al Juzgado Séptimo Administrativo del Circuito de Montería conocer el proceso mencionado.
Se ordena remitir el expediente a esta autoridad para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al otro operador jurídico y a los sujetos interesados.
Esta decisión se toma con fundamento en el artículo 104 del CPACA, en donde se especifica que la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Monteria y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Chinu, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Monteria conocer el proceso iniciado por el senor Miguel del Cristo Martinez Hoyos de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-154 al Juzgado
- Septimo. Administrativo del Circuito de Monteria para lo de su competencia y para que comunique la presente decision al Juzgado Promiscuo del Circuito de Chinu y a los sujetos interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.